Noticias

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Se aprobó en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. (Boletín Nº 3.875-11) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

El proyecto, iniciado en Mensaje, tiene por objeto asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad. Contenido del proyecto:

- Establece como deberes del Estado, la promoción de la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, así como la difusión masiva de los derechos y principios de su participación activa y necesaria en la sociedad.

- Igualmente, el Estado deberá establecer medidas contra la discriminación, así como la promoción y adopción de disposiciones tendientes a asegurar a las personas con discapacidad en situación de especial vulnerabilidad, el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad.

- Dispone que, la prevención de las discapacidades y la rehabilitación constituyen una obligación del Estado y, asimismo, un derecho y un deber de las personas con discapacidad, de su familia y de la sociedad en su conjunto.

- Regula las medidas que deben adoptarse para asegurar la igualdad de oportunidades, como la eliminación de todo tipo de barreras, tanto físicas como administrativas; garantía de acceso a establecimiento de educación y de capacitación.

- Establece exenciones arancelarias para la importación de vehículos, prótesis, medicamentos, maquinarias y cualquier otro artículo que sean necesarios al normal desarrollo de la vida de los discapacitados.

- Regula el Registro Nacional de la Discapacidad, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, y cuyo objetivo será reunir y mantener los antecedentes de las personas con discapacidad y de los organismos que actúen en este ámbito.

- Reconoce a toda persona con discapacidad, que por causa de una acción u omisión arbitraria o ilegal sufra la amenaza, perturbación o privación en el ejercicio de sus derechos, la posibilidad de recurrir ante el juez de policía local de su domicilio para que adopte las providencias necesarias para asegurar y restablecer el derecho afectado.

- Establece la existencia de un Comité de Ministros, presidido por el de MIDEPLAN, encargado de proponer al Presidente de la República la política nacional para personas con discapacidad, velar por su cumplimiento y asegurar su calidad técnica, coherencia y coordinación intersectorial.

- Crea el Servicio Nacional de la Discapacidad, con la finalidad de promover la igualdad de oportunidades, inclusión social, participación y accesibilidad de las personas con discapacidad.

Este servicio será, para todos los efectos legales, el sucesor y continuador legal del actual Fondo Nacional de la Discapacidad. Intervinieron los senadores Mariano Ruiz-Esquide, Juan Pablo Letelier, Guillermo Vásquez, Alejandro Navarro, Antonio Horvath, Baldo Prokurica, Guido Girardi, Pedro Muñoz, Guillermo Vásquez y la Ministra de Planificación, Paula Quintana. En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

Mayor información AQUI

 


Dirección: Soberania 1108 - Fono/Fax : 732 11 21 - 732 38 64 - Independencia - Santiago